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Ercros informa de la reducción del capital social mediante la amortización de acciones propias

Barcelona, 4 de julio de 2018. - De conformidad con lo establecido en el artículo 228 del Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Mercado de Valores, Ercros, S.A. (en adelante «Ercros» o «la Sociedad»), y con relación a los hechos relevantes nº 255034, de 26 de julio de 2017, nº 262474, de 1 de marzo de 2018, y nº 266853, de 9 de mayo de 2018, mediante este escrito, comunica el siguiente:

HECHO RELEVANTE

El 15 de junio de 2018 fue aprobada por la junta general ordinaria de accionistas de la Sociedad una reducción de capital social en la cuantía de 930.897 euros, mediante la amortización de las 3.102.990 acciones que posee la Sociedad en autocartera, de 0,30 euros de valor nominal cada una de ellas, representativas del 2,796 % del capital social.

El consejo de administración de la Sociedad celebrado el mismo 15 de junio de 2018, con posterioridad a la junta general ordinaria de accionistas, acordó, en cumplimiento de lo acordado por la junta general bajo el punto segundo del orden del día, ejecutar la reducción de capital social en la cuantía de 930.897 euros. Tras esta operación, el capital social de Ercros quedará fijado en 32.362.986,30 euros, correspondiente a 107.876.621 acciones ordinarias, de 0,30 euros de valor nominal cada una de ellas.

Las acciones que se van a amortizar fueron adquiridas por la Sociedad en el marco de la política de retribución al accionista para el periodo 2017-2020. Mediante la amortización de las acciones que Ercros posee en autocartera, los accionistas ven automáticamente incrementado su porcentaje de participación en el capital social.

La presente reducción de capital se realizará con cargo a reservas voluntarias o de libre disposición, realizando la correspondiente dotación de una reserva por capital amortizado por importe igual al valor nominal de las acciones propias efectivamente amortizadas, de la que sólo será posible disponer cumpliendo con los requisitos exigidos para la reducción del capital social, conforme a lo previsto en el artículo 335 c) de la Ley de Sociedades de Capital. De acuerdo con el artículo mencionado, los acreedores de Ercros no dispondrán el derecho de oposición previsto en el artículo 334 de la citada ley.

Asimismo, dado que las acciones a amortizar serán titularidad de la Sociedad en el momento de la reducción, esta no implicará la devolución de aportaciones.

Los preceptivos anuncios de reducción de capital se publican hoy en el Boletín Oficial del Registro Mercantil («Borme») y en la página web corporativa de Ercros (www.ercros.es). Posteriormente, se procederá al otorgamiento de la correspondiente escritura pública de reducción de capital y modificación de los Estatutos Sociales y a su inscripción en el Registro Mercantil de Barcelona, lo cual será objeto de la correspondiente comunicación de información relevante.


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