Barcelona, 11 de febrero de 2020. - El consejo de administración de la Sociedad, en su sesión celebrada el 10 de febrero de 2020, ha aprobado el quinto programa de recompra de acciones propias, al amparo de la autorización que le fue conferida por la junta general ordinaria de accionistas del 23 de junio de 2017, en los siguientes términos:
No obstante lo anterior, la Sociedad se reserva el derecho a finalizar el programa de recompra si, con anterioridad a su fecha límite de vigencia, hubiera adquirido el número máximo de acciones autorizado por el consejo de administración, se hubiese superado el importe monetario máximo asignado o si concurriese alguna otra circunstancia que así lo aconsejara.
Los cuatro programas y las tres reducciones del capital social, que se han acometido desde finales de 2016 hasta la fecha en el marco de la política de retribución al accionista, han acumulado una compra de 9,16 millones de acciones propias, cuya amortización ha comportado una disminución del capital social de 2,75 millones de euros, que supone una minoración del 8,03% del capital inicial.
Las operaciones de compra de acciones realizadas en virtud del programa de recompra serán debidamente comunicadas a la Comisión Nacional del Mercado de Valores («CNMV») mediante la correspondiente comunicación de «otra información relevante», con la periodicidad prevista en la normativa. También será objeto de comunicación mediante una comunicación a la CNMV la interrupción, finalización o modificación del mismo.
El programa de recompra, que en cualquier caso cumplirá con las obligaciones que sean exigibles a la Sociedad, tendrá como gestor principal a Banco de Sabadell conforme a lo previsto en la normativa aplicable.
El programa de recompra se encuentra sujeto a lo previsto en el Reglamento (UE) Nº 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado y en el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016, por el que se completa el Reglamento 596/2014 en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a las condiciones aplicables a los programas de recompra y a las medidas de estabilización, así como demás normativa aplicable.
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